lunes, 29 de agosto de 2016

A VUELTAS CON LOS USOS DE LA GOTA DE LECHE (ARUCAS)

Como interesada en la dinamización y gestión cultural he seguido últimamente con interés el caso de la Cesión al Ayuntamiento de Arucas de una casa conocida como la "Gota de Leche". Asombrada, pude leer en los medios que el ayuntamiento preveía arreglarlo primero y después pensar en qué actividad se llevaría a cabo allí. ¿Si no se tiene claro el objetivo que pretendemos conseguir con esa rehabilitación y cual será su función no estamos poniendo, como se dice vulgarmente, el carro antes que los bueyes?
Desde este humilde blog lanzo la siguiente idea: 
¿Y si utilizáramos esta edificación, a mi juicio muy bien ubicada pues se encuentra en el centro de la ciudad y cercana a otras instalaciones culturales, como Centro de Interpretación de la Memoria Histórica de Arucas (CIMHA)?
Ahí lo dejo. 
Para más información incluyo aquí texto y fotos del Facebook de Foro Arucas Siglo XXI
La inclusión de la “Cesión a favor del Ayuntamiento de Arucas de la titularidad dominical del edificio ubicado en la C/ Calvo Sotelo núm. 9 conocido como la “Gota Leche” en la sesión plenaria a celebrar este viernes, satisface a la entidad ciudadana de FORO ARUCAS SIGLO XXI, una petición que se venía instando directamente por los exconcejales ante la Subdirección General de Coordinación y Relaciones Instituciones del Ministerio de Trabajo a la vista del desinterés y pasividad de gobiernos locales anteriores.
Ante ello El FORO ARUCAS SIGLO XXI tomo la iniciativa de trasladar al Departamento Ministerial el estado actual del Patrimonio Local Acumulado con sedes, sitas en el municipio, solicitando el inicio de procedimiento de cesión o permuta, regularizando la situación de los actuales ocupantes sin dañar los intereses comunes con el objeto de dotar de nuevas infraestructuras administrativas.
Recordar que la “GOTA LECHE “, antiquísimo Centro de Nutrición Infantil, cedido en precario al ARUCAS CF y que con anterioridad fue ocupado por la Federación Obrera, y que en el año 1986 se resolvió ante un recurso presentado por una Central Sindical, con sentencia que anuló la pretensión del derecho a la restitución y compensando con el cincuenta por ciento de bien inmueble que pretendía un partido político local.
Decir que elevado este asunto para la adopción de acuerdo, desconocemos el carácter de la cesión de este bien público y el destino que se pretende como derecho real de posesión después de que el Estado ha llevado a cabo las opciones de enajenación transmisión y disposición del inmueble; con exclusivos límites de ("uso, disfrute, disposición e inscripción en registros"), o si continua la posesión del propietario.





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