martes, 30 de diciembre de 2008

Los descendientes de exiliados podrán obtener la nacionalidad española

A partir del lunes 29 de diciembre de 2008 y durante dos años, los exiliados de la Guerra Civil y la dictadura y sus descendientes pueden solicitar la nacionalidad española, según una disposición de la Ley de Memoria Histórica que acaba de entrar en vigor. Esta medida afecta a las personas que pueden justificar que ellos o sus padres o abuelos salieron del país entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955, o bien a las que salieron después, siempre y cuando puedan probar que su condición de exiliado fue por motivos de persecución.

Según el Ministerio de Justicia, el número de individuos que podrían beneficiarse de esta medida rondaría el medio millón, aunque es improbable que las solicitudes alcancen esa cifra, y la mayoría de ellas cree que tendrán un carácter simbólico de reivindicación y reconocimiento de una identidad española.

Aquellas personas que estén interesadas deberán acreditar su ascendencia de origen para conseguir la nacionalidad española, y para aquellos que descendieron de emigrantes que realizaron su viaje entre 1955 y 1977 deberán aportar además, un certificado que explique que su pariente estuvo trabajando en su país de destino para ayudar a los españoles que iban llegando.

A continuación les refiero el video con la grabación del Telecanarias del domingo 28 de diciembre de 2008, donde se hace referencia a esta noticia y en la que prestan su testimonio la hija de un exiliado, Mercedes Hernández Arroyo, y Pedro Medina Sanabria quien amablemente me ha facilitado este link que puede ser visionado en Youtube pinchando aquí.

Para más información deberán referirse a las embajadas españolas y páginas web de los siguientes ministerios españoles: Ministerio de Justicia, Trabajo, Inmigración y Asuntos Exteriores.

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